¿Cómo Saber Si un Comparendo Del SIMIT ya Prescribió?

Ana Sofía

noviembre 12, 2025

¿Tienes un comparendo antiguo en el SIMIT y no sabes si aún te lo pueden cobrar? En Colombia, las multas de tránsito prescriben con el tiempo, pero solo si se cumplen ciertas condiciones legales que determinan cuándo deja de ser exigible una sanción.

¿Qué significa que un comparendo prescriba?

En Colombia, la prescripción de un comparendo ocurre cuando la autoridad de tránsito pierde el derecho legal de cobrar una multa porque ha pasado un tiempo determinado sin ejecutar acciones válidas.

Esto no elimina la multa automáticamente del sistema SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito), pero sí impide que la autoridad continúe el proceso de cobro.

El fundamento jurídico de esta figura se encuentra en el Artículo 159 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) y en los artículos 817 y 818 del Estatuto Tributario Nacional, que establecen los plazos y condiciones para la prescripción.

¿Cuándo prescribe un comparendo de tránsito?

El plazo general para que una multa de tránsito prescriba es de tres (3) años, contados a partir de la fecha en que se cometió la infracción.
Este período se conoce como prescripción inicial y aplica siempre que la autoridad de tránsito no haya realizado ninguna actuación formal para cobrar la multa durante ese tiempo.

Por ejemplo, si cometiste una infracción el 1 de enero de 2020, y durante los siguientes tres años no recibiste notificación de Mandamiento de Pago ni otro acto administrativo de cobro, el comparendo podría considerarse prescrito.

Sin embargo, este término puede interrumpirse si la autoridad realiza una acción válida dentro del plazo.

Interrupción del término de prescripción

El Mandamiento de Pago es el acto más común que interrumpe la prescripción. Este documento marca el inicio del proceso de cobro coactivo y reinicia el conteo del plazo.

Una vez notificado el Mandamiento de Pago, la autoridad cuenta con otros tres (3) años para continuar el cobro.
Esto significa que el tiempo máximo en que un comparendo puede mantenerse legalmente exigible es de seis (6) años:

  • 3 años iniciales: desde la infracción hasta antes del cobro coactivo.
  • 3 años adicionales: desde la notificación del Mandamiento de Pago hasta el vencimiento del cobro.

Si en ese tiempo no se logra ejecutar el cobro ni se notifica al ciudadano, la obligación se extingue por completo.

Pasos para saber si un comparendo del SIMIT ya prescribió

Determinar si tu comparendo ha prescrito requiere revisar las fechas clave y los movimientos administrativos asociados al proceso. Puedes hacerlo siguiendo estos pasos:

1. Identifica la fecha de la infracción

Consulta en el SIMIT (www.simit.org.co) o en el portal de la Secretaría de Movilidad que impuso la multa. Esa fecha marca el inicio del conteo de los primeros tres años.

2. Verifica si hubo cobro coactivo

Revisa si la autoridad de tránsito emitió y te notificó un Mandamiento de Pago dentro de esos tres años. Si no existe tal documento o no fue notificado legalmente, el comparendo puede haber prescrito.

3. Comprueba si han pasado más de seis años

Si hubo un Mandamiento de Pago, revisa cuánto tiempo ha pasado desde su notificación. Si transcurrieron más de tres años adicionales sin cobro efectivo, también aplica la prescripción definitiva.

4. Considera acuerdos de pago o Recursos Presentados

Si firmaste un acuerdo de pago o presentaste recursos legales, el conteo del término se reinicia desde la fecha de esa acción. Por eso, es clave revisar el historial completo del proceso.

¿Qué hacer si Crees que tu comparendo ya prescribió?

La prescripción no se aplica automáticamente; debe ser declarada por la autoridad de tránsito que impuso la sanción. El SIMIT solo registra la información, pero no tiene facultad para eliminar o modificar comparendos.

Si crees que tu multa ya prescribió, puedes solicitarlo formalmente mediante el siguiente procedimiento:

1. Presenta un Derecho de Petición

Envía un Derecho de Petición al organismo de tránsito responsable de la infracción. En el escrito, solicita la declaratoria de prescripción del comparendo, citando los artículos legales correspondientes:

  • Artículo 159 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito).
  • Artículo 817 del Estatuto Tributario (para casos de cobro coactivo).

2. Adjunta pruebas y fechas

Incluye copias del comparendo, del Mandamiento de Pago (si existe) y de cualquier documento que pruebe el paso del tiempo sin acciones legales válidas.

3. Espera la respuesta oficial

La entidad tiene 15 días hábiles para responder. Si reconoce la prescripción, emitirá un acto administrativo que ordena eliminar la multa del sistema y comunicarlo al SIMIT.

4. Si no responden o niegan la solicitud

Puedes interponer una Acción de Tutela por vulneración del Derecho de Petición o iniciar un proceso contencioso administrativo ante la jurisdicción competente.

Importancia de conocer la prescripción

Muchos conductores desconocen que la ley protege su derecho a no ser sancionados indefinidamente. Aunque un comparendo siga apareciendo en el SIMIT, puede que legalmente ya no sea exigible.
Verificar la prescripción permite evitar cobros indebidos, limpiar el historial en el RUNT y recuperar la posibilidad de realizar trámites como traspasos o renovaciones de licencia.

Sin embargo, cada caso debe evaluarse con cuidado. Por eso, si tienes dudas sobre fechas, documentos o notificaciones, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho de tránsito para evitar errores en el proceso.

Conclusión

Saber si un comparendo del SIMIT ya prescribió depende del análisis de los tiempos y actuaciones legales del caso. La norma establece un plazo general de tres años, ampliable a seis si hubo cobro coactivo.
Cuando la autoridad no cumple esos tiempos, el ciudadano tiene derecho a solicitar la declaratoria de prescripción, un trámite que garantiza el respeto del debido proceso y protege los derechos del conductor ante sanciones caducadas.

Deja un comentario