Muchas personas en Colombia creen que las multas del SIMIT desaparecen con el tiempo. Sin embargo, el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT), administrado por la Federación Colombiana de Municipios, sigue reglas claras sobre prescripción y cobro que pueden afectar embargos y trámites en el RUNT.
Contents
- 1 ¿Qué es el SIMIT y Por Qué registra las multas?
- 2 ¿Las multas de Tránsito caducan solas?
- 3 Diferencia entre Caducidad y prescripción
- 4 ¿Qué pasa si la Multa Sigue Apareciendo en el SIMIT después de 3 años?
- 5 ¿Cómo Saber Si una multa está prescrita?
- 6 Pasos para solicitar la prescripción de una multa
- 7 ¿Qué ocurre si no pago la multa?
- 8 ¿Un acuerdo de Pago Evita la prescripción?
- 9 Casos especiales: Fotomultas
- 10 ¿Se borran las multas después de pagar?
- 11 Conclusión
- 12 Preguntas Frecuentes
- 12.1 1. ¿Después de cuántos años Prescribe una multa de tránsito en Colombia?
- 12.2 2. ¿El SIMIT elimina Automáticamente las multas antiguas?
- 12.3 3. ¿Un embargo interrumpe la prescripción?
- 12.4 4. ¿Puedo vender mi vehículo si tengo multas antiguas?
- 12.5 5. ¿Las fotomultas También prescriben?
- 12.6 6. ¿Dónde puedo Consultar mis multas?
¿Qué es el SIMIT y Por Qué registra las multas?
El SIMIT es una base de datos nacional creada por la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito). Su función es consolidar las multas impuestas por organismos de tránsito en todo el país.
Cuando un conductor recibe un comparendo, la información se reporta al SIMIT. Esto permite que cualquier autoridad verifique si la persona está a paz y salvo antes de autorizar trámites como:
- Traspaso de vehículo
- Renovación de licencia de conducción
- Levantamiento de prenda
- Matrícula inicial
El sistema se integra con el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), lo que hace que el bloqueo sea automático si existen deudas pendientes.
¿Las multas de Tránsito caducan solas?
No. Las multas no desaparecen automáticamente por el simple paso del tiempo.
En Colombia, lo que puede ocurrir es la prescripción de la acción de cobro, siempre que se cumplan condiciones legales específicas. Según el artículo 159 del Código Nacional de Tránsito, la acción de cobro prescribe en tres (3) años, contados desde la ocurrencia del hecho.
Sin embargo, esta prescripción:
- No se aplica de manera automática en el sistema.
- Puede interrumpirse si la autoridad inicia proceso de cobro coactivo.
- Debe ser declarada por la autoridad competente.
Si existe un proceso de cobro coactivo, el término puede reiniciarse.

Diferencia entre Caducidad y prescripción
Muchas personas confunden estos términos. La ley los trata de forma distinta.
| Concepto | ¿Qué significa? | Tiempo según ley |
| Caducidad | Tiempo límite para imponer la multa | 6 meses para notificar comparendo (Ley 769 de 2002) |
| Prescripción | Tiempo límite para cobrar la multa | 3 años desde el hecho |
La caducidad aplica si la autoridad no notifica dentro del plazo legal.
La prescripción aplica si no se adelanta el cobro dentro del tiempo establecido.
¿Qué pasa si la Multa Sigue Apareciendo en el SIMIT después de 3 años?
Aunque hayan pasado tres años, la multa puede seguir visible en el sistema si:
- Se inició proceso de cobro coactivo.
- Se emitió mandamiento de pago.
- Hubo notificaciones formales que interrumpieron el término.
En estos casos, el conteo vuelve a empezar.
Por eso, el hecho de que el comparendo tenga más de tres años no garantiza que esté prescrito.
¿Cómo Saber Si una multa está prescrita?
La prescripción no se elimina automáticamente del SIMIT. El ciudadano debe solicitarla formalmente.
Pasos para solicitar la prescripción de una multa
- Verificar el estado de la multa en la página oficial del SIMIT (www.fcm.org.co/simit).
- Identificar la fecha exacta del comparendo.
- Confirmar si existe proceso de cobro coactivo activo.
- Presentar solicitud escrita ante el organismo de tránsito que impuso la multa.
- Adjuntar copia de la cédula y documentos del caso.
- Esperar respuesta oficial de la autoridad.
Solo el organismo de tránsito puede declarar la prescripción mediante acto administrativo.
¿Qué ocurre si no pago la multa?
Si la multa sigue activa, el organismo de tránsito puede iniciar cobro coactivo. Este proceso permite:
- Embargo de cuentas bancarias
- Embargo del vehículo
- Reporte negativo que bloquea trámites en el RUNT
Según cifras del Ministerio de Transporte, millones de comparendos permanecen activos cada año en Colombia, y muchos entran en proceso de cobro.
El SIMIT actúa como herramienta de control nacional para evitar que los deudores realicen trámites sin estar a paz y salvo.
¿Un acuerdo de Pago Evita la prescripción?
Sí. Cuando una persona firma un acuerdo de pago, reconoce la deuda. Esto puede interrumpir el término de prescripción.
Si el acuerdo está vigente y al día, el sistema puede permitir ciertos trámites. Pero si el ciudadano incumple el acuerdo, el proceso de cobro continúa.
Casos especiales: Fotomultas
Las fotodetecciones electrónicas también se registran en el SIMIT.
La Corte Constitucional (Sentencia C-038 de 2020) aclaró que la responsabilidad debe probarse correctamente. Si la notificación fue irregular, el ciudadano puede impugnar.
Sin embargo, si la multa fue válida y notificada correctamente, aplica el mismo término de prescripción de tres años para el cobro.
¿Se borran las multas después de pagar?
Sí. Cuando el ciudadano paga la multa o cumple un acuerdo de pago, el organismo reporta la actualización al SIMIT.
El sistema suele reflejar el pago en pocos días hábiles, dependiendo del organismo de tránsito.
Es importante conservar el comprobante de pago hasta que el estado aparezca como “Paz y Salvo”.
Conclusión
Las multas del SIMIT no caducan automáticamente. En Colombia, solo pueden prescribir si se cumplen los términos legales y no existe proceso de cobro activo. La prescripción debe solicitarse formalmente ante la autoridad de tránsito. Ignorar la multa puede generar embargos y bloqueos en el RUNT. Verificar el estado en el SIMIT y actuar a tiempo evita problemas legales y financieros.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Después de cuántos años Prescribe una multa de tránsito en Colombia?
La acción de cobro prescribe en tres años, según el artículo 159 del Código Nacional de Tránsito, si no hay interrupciones legales.
2. ¿El SIMIT elimina Automáticamente las multas antiguas?
No. El sistema solo actualiza la información cuando la autoridad declara la prescripción o se paga la deuda.
3. ¿Un embargo interrumpe la prescripción?
Sí. Si existe cobro coactivo o mandamiento de pago, el término puede reiniciarse.
4. ¿Puedo vender mi vehículo si tengo multas antiguas?
No. El RUNT bloqueará el trámite de traspaso hasta estar a paz y salvo.
5. ¿Las fotomultas También prescriben?
Sí. Aplican las mismas reglas de prescripción de tres años para el cobro.
6. ¿Dónde puedo Consultar mis multas?
En el portal oficial del SIMIT administrado por la Federación Colombiana de Municipios.





